El ingreso al registro de DICOM no es automático. De acuerdo a esto, el tiempo que pueda demorar una deuda en ingresar al registro depende de nuestro acreedor y del tipo de deuda que mantengamos.
A grandes rasgos podemos hacer la siguiente clasificación de acuerdo a los plazos de entrada:
- Cheque, pagaré o letra de cambio: debido a que los bancos y las notarías avisan semanalmente de las deudas vencidas, es probable que, en un plazo de una a dos semanas contadas desde nuestro incumplimiento, ya figuremos en el registro.
- Deudas documentadas de otra forma: por lo general aparecemos en DICOM después de un plazo de 60 días contados desde que no hayamos pagado nuestra deuda.
Sin embargo, y en estricto rigor, frente a una morosidad, el ingreso a DICOM se puede hacer inmediatamente de vencida una cuota.